En el marco de los mecanimso judiciales necesarios para el cobro de un posible impago en francia, los embargos preventivos son las medidas que preparan la ejecución forzosa, bloqueando de esta forma un elemento del patrimonio del deudor.

La saisie conservatoire.

El objetivo es que a los deudrores en francia les resulte imposible dar, vender o incluso deteriorar/dañar algunos de sus bienes, proporcionándole al acreedor una garantía.

Entonces, si alguien os debe dinero y una de las facturas continúa impagada, en Francia existe la posibilidad de confiscar los bienes de vuestro deudor con el fin de obligarle a pagar. Esto es lo que se conoce como embargo preventivo, que será explicado a lo largo de este artículo.

Alexis Duc Dodon, abogado frances en Francia, colegiado en Madrid y en París, debido a sus amplios conocimientos del derecho civil y procedal francés, asesorsra y representa sus clientes españoles en todo tipo procedimiento de ejecución o de embargo preventivo en Francia.

¿Qué es un embargo preventivo?

Un embargo preventivo es una medida de ejecución prevista en los artículos L.511-1 y siguientes del Código de procedimiento civil frances, y consiste en la incautación provisional de los bienes muebles del deudor. Es decir, se trata de una acción judicial que permite a un acreedor embargar los bienes de su deudor con el fin de exigirle el pago de la deuda.

En cuanto a los bienes podemos diferenciar dos tipos:

  • Bienes embargables: podemos embargar muebles, objetos de valor, joyas, cuadros, pero también sumas de dinero depositadas en una cuenta bancaria. Éste último ejemplo demuestra que se pueden embargar los bienes que pertenecen a alguien pero que estén a manos de un tercero, como un banco.
  • Bienes inembargables: Sin embargo, algunos bienes muebles que pertenecen al deudor son declarados inembargables. Es el caso de los productos alimenticios, de la lavadora o de los aparatos de calefacción.

El embargo, una vez iniciado, se realiza a título preventivo. Esto significa que los bienes embargados no entran inmediatamente en el patrimonio del acreedor, sino que se conservan a la espera del pago de la deuda.

A su vez, el deudor no puede ceder, vender o deteriorar los bienes muebles que sean objeto de este embargo preventivo. Esto permite, efectivamente, al acreedor de tener una garantía.

Una vez sea condenado a pagar su deuda, si el deudor no realiza el pago de la misma, los bienes embargados podrán ser vendidos, que es lo que se conoce como embargo-venta. De hecho, al contrario de este tipo de medidas de ejecución conocidas como “clásicas” (como el embargo-venta, entre otras), no es indispensable poseer un título ejecutivo para poner en práctica este procedimiento.

Es el Juez en Francia quien autoriza una medida cautelar de tal alcance, por lo que la solicitud de la misma debe motivarse y fondamentarse debidamente.

Es imprescindible recurir a un abogado frances con experiencia en los procedmientos de jecuciion en Francia y en la diferentes medidas cautelares en fRancia.

Alexis Duc Dodon, abogado en Paris y Madrid, les guiara y reprsentara en todos los procedmientos de embargos y medidades cautelares en Francia, con el objetivo de asegurar el efectivo recobro de su deuda en Francia.

El procedimiento del embargo preventivo.

El embargo preventivo es un procedimiento muy estricto. Se puede iniciar de dos maneras diferentes.

En el primer caso, si el acreedor posee algunos de los títulos mencionados a continuación, no será necesario de remitir el caso a un juez. Estos títulos están regulados en el artículo L.511-1 del Código de procedimiento civil de ejecución, y son los siguientes:

  • Un cheque o documento justificativo de un alquiler impagado.
  • Una letra de cambio aceptada o un pagaré.
  • Un título ejecutivo (esto corresponde generalmente a una condena del deudor seguida de un procedimiento judicial mediante una orden de pago).
  • Una decisión judicial que todavía no ha sido ejecutada.

En este caso, puede dirigirse directamente a un agente judicial en Francia dándole cualquiera de estos documentos para iniciar el embargo preventivo contra su deudor. Entonces, el agente judicial toma todas las medidas necesarias e informa a su cliente.

El referido agente judicial en Francia es el Huissier de Justice

el carácter ejecutorio de una resolución judicial en Francia se obtiene tras la notificación de la decisión del juez a la parte contraria y una vez transcurridos los plazos del recurso. Sin embargo, la resolución puede ser ejecutada inmediatamente si el juez frances así lo decide o en determinados procedimientos.

Si el acreedor no está en posesión de un título ejecutivo o de uno de los elementos anteriormente mencionados, el acreedor debe recurrir a un juez específico del tribunal de primera instancia: el juez de la ejecución. Es decir, el acreedor debe obtener previamente la autorización del juez frances, que puede ser requerido para ello, antes de poder dirigirse a un Huissier de Justice.

Debido a ser quien está autorizado para embargar los bienes del deudor, la demanda deberá presentarse en dos ejemplares (artículo L. 511-2 del Código de procedimientos civiles de ejecución frances). Ésta debe estar motivada, indicando los documentos presentados de una manera precisa y las circunstancias susceptibles de amenazar el cobro de una deuda.

Para que el juez autorice a iniciar un embargo preventivo, se deben cumplir dos condiciones:

  • La deuda debe ser justificada.
  • Se debe justificar la existencia de circunstancias que puedan amenazar la recuperación de un crédito (por ejemplo, el futuro empobrecimiento de su deudor).

El juez no hará derecho ante esta demanda hasta haber realizado un examen detallado de la situación: en principio, la deuda debe estar justificada/fundada y el cobro debe estar amenazado. Desde el momento en el que el juez accede a la demanda del acreedor, éste último tiene 3 meses para ejecutarla.

Si la asistencia y la representación por abogado no es obligatoria en el marco de este procedimiento (artículo R. 121-6 y R.121-7 del Código de procedimientos civiles de ejecución), e son osbtante altamente recomandada. Alexis Duc Dodon, abogado en Francia,conocedor de estos procedimientos, representa  a numerosas empresas españolas para llevar a cabo embargos preventivos en Francia u operaciones de ejecucion en Francia.

Si el acreedor obtiene una orden favorable del juez frances, puede recurrir al huissier de justice, comunicárselo e iniciar el embargo de los bienes del deudor (en un plazo de 3 meses). El acreedor está obligado a iniciar acciones legales para que su derecho sea reconocido definitivamente por un título ejecutivo en el plazo de un mes a partir de la ejecución del embargo.

Si no se cumplen estas condiciones, el juez puede rechazar la demanda; el deudor podrá, además, hacer una impugnacion del embargo preventivo.

Por tanto, en cuanto a la competencia material y territorial del tribunal, salvo los casos previstos en el artículo L.511-2 del Código de Procedimiento civil, el acreedor debe solicitar, mediante solicitud, la autorización del juez para llevar a cabo el embargo, quien le responderá mediante auto.

El tribunal materialmente competente es, en principio, el juez de ejecución, y como excepción, el Tribunal de Commerce cuando la medida se solicita antes de cualquier juicio y el fundamento de la incautación es una reclamación en virtud de la jurisdicción comercial.

El tribunal territorialmente competente es el juez de ejecución del lugar de residencia del deudor, o el presidente del tribunal de comercio del lugar de residencia del deudor.

El embargo preventivo inmobiliario no existe. Se trata de un abuso del lenguaje que hace referencia realmente a la “hipoteca judicial preventiva”.

Proceso de acumulación del proceso monitorio.

¿Os preguntáis como acreedor si se puede combinar un embargo preventivo con un proceso monitorio?

Es posible, y al mismo tiempo útil, realizar a la vez un embargo preventivo y un proceso monitorio. Puede intervenir un embargo preventivo antes o después del proceso monitorio, dependiendo de la situación correspondiente:

  • El embargo preventivo precede al proceso monitorio.

El embargo preventivo puede intervenir antes incluso del principio del proceso monitorio. Esto permite embargar, con carácter preventivo, los bienes del deudor.

Esta estrategia es utilizada generalmente por el acreedor para evitar que el deudor no se empobrezca antes de obtener el pago. El embargo preventivo de los bienes del deudor va a permitirle al acreedor asegurarse que el deudor, efectivamente los conserva hasta que obtenga el titulo ejecutivo.

Por ejemplo, antes de iniciar un proceso monitorio, se puede hacer un embargo preventivo en una cuenta bancaria. Esto bloqueará el dinero del deudor, quien no podrá utilizarlo ni para pagar ni para retirarlo. Ahí es cuando el acreedor se asegurará que el deudor dispone de fondos necesarios para pagarle cuando se obtenga el acuerdo del juez. También se puede convertir este embargo en un embargo-atribución.

En este caso, usted tiene un mes a partir de la decisión del juez para emitir la orden judicial.

  • El embargo preventivo sucede al proceso monitorio.

El embargo preventivo puede tener lugar después de la notificación del requerimiento de pago al deudor. Si al final de un mes el deudor no se ha opuesto, entonces podrá solicitar a un agente judicial que lleve a cabo uno o varios embargos preventivos contra el deudor.

Un embargo preventivo puede resultar útil si como acreedor teméis que vuestro deudor no pueda pagaros cuando llegue el momento. Sin embargo, el embargo no es suficiente, y generalmente debe ir acompañado de una acción judicial.

Somos abogados presentes en Paris y Madrid por lo que garantioceis a nuestoes clientes un conocimiento y una practica real del derecho en ambas paisses, gracias especialmente a la presencia de un abogado francés en Madrid, Alexis Duc Dodon, colegiado tanto en Ilustre Colegio de Abogados de Madrid como en el Barreau de Paris.